Nuevos criterios para la instalación de oficinas de farmacias en Castilla-La Mancha en 2025
El Boletín Oficial de Castilla-La Mancha publicó en enero la actualización de los criterios de valoración para la adjudicación de nuevas oficinas de farmacia. Esta nueva normativa sustituye la orden de 17 de noviembre de 2006, introduciendo cambios significativos, especialmente en la valoración de la experiencia profesional y en la puntuación de méritos.
Si estás interesado en abrir una farmacia en esta comunidad autónoma, es fundamental conocer los nuevos requisitos y cómo pueden influir en el proceso de adjudicación.
Principales cambios en los criterios de valoración
Las modificaciones introducidas en la orden afectan a distintos anexos y establecen nuevas reglas para la evaluación de la experiencia profesional de los candidatos:
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Computación de la experiencia profesional:
- A partir de ahora, la experiencia se contabilizará en meses completos, incluso si los periodos trabajados han sido discontinuos.
- Cada treinta días trabajados (aunque no sean consecutivos) contarán como un mes de experiencia.
- No se podrá computar más de un ejercicio profesional en el mismo periodo, salvo que se trate de dos trabajos a tiempo parcial, en cuyo caso se valorará proporcionalmente.
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Justificación de los méritos:
- Se deberá presentar certificación oficial de la autoridad competente que acredite la experiencia y méritos alegados.
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Valoración de la discapacidad:
- Las personas con discapacidad no invalidante para el ejercicio como titular de farmacia recibirán puntos adicionales en cada bloque de méritos.
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Criterios de valoración:
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- Discapacidad entre el 33 % y el 65 %: incremento del 1 % en la puntuación.
- Discapacidad igual o superior al 65 %: incremento del 3 %.
- Límite máximo: la puntuación total no podrá superar el tope establecido en cada bloque de méritos.
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Redondeo de puntuaciones:
- La puntuación final se expresará con dos decimales.
- Si el tercer decimal es inferior a 5, se redondeará a la baja.
- Si el tercer decimal es igual o superior a 5, se redondeará al alza.
Criterios de desempate y baremo de méritos
En caso de empate en la puntuación final, las autorizaciones se otorgarán según el orden de prioridad establecido en el artículo 36.7 del Decreto 11/2019, de 18 de marzo.
Además, se mantienen otros criterios previamente establecidos, como:
- Méritos académicos y formación posgraduada en áreas relacionadas con la farmacia.
- Experiencia profesional en el sector.
- Puntuación adicional por ejercer en núcleos de población pequeños:
- Menos de 750 habitantes.
- Entre 750 y 1.500 habitantes.
Objetivo de la nueva normativa
Con estos cambios, la Junta de Castilla-La Mancha busca modernizar y mejorar la Ley 5/2005, de 27 de junio, de Ordenación del Servicio Farmacéutico, asegurando un proceso de adjudicación más transparente y equitativo.
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